Ley Número 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Portal de Transparencia Municipal. Pánuco, Ver.

En cumplimiento a lo establecido por los artículos 12, 13 y 15 de la Ley Número 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el H. Ayuntamiento de Pánuco, Ver. pone a su disposición la siguiente información pública:

OBLIGACIONES COMUNES

I. Marco Normativo aplicable al sujeto obligado
II. Su estructura orgánica completa.
III. Las Facultades de las áreas administrativa;
IV. Metas y objetivos de las áreas administrativas
V. Los Indicadores de gestión, de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deben establecer;
VI. Los Indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;
VII. El Directorio de servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad;
VIII. La Remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza
IX. Los gastos de representación y viáticos e informes de comisiones correspondiente;
X. El número total de plazas del personal de base y de confianza, especificando el total de las vacantes por nivel de puesto, para cada unidad administrativa;
XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios;
XII. Versiones públicas de las declaraciones patrimoniales
XIII. Domicilio de la unidad de transparencia
XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;
XV. La información de programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar al respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio;
XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza;
XVII. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, la causa de sanción y la disposición;
XVIII. El listado de Servidores Públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición;
XIX. Servicios que ofrecen
XX. Trámites, requisitos y formatos ofrecidos
XXI. Información financiera sobre el presupuesto asignado
XXII. Información relativa a la deuda pública
XXIII. Montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial
XXIV. Informes de resultado y aclaraciones de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado
XXV. Resultados de dictaminación de los restados financieros
XXVI. Montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales con acceso a recursos públicos
XXVII. Concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados
XXVIII. Resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y los contratos celebrados
XXIX. Informes de los sujetos obligados generados por disposición legal
XXX. Estadísticas generadas en cumplimentos de sus facultades, competencias o funciones
XXXI. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero
XXXII. Padrón de proveedores y contratistas
XXXIII. Convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado
XXXIV. Inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad
XXXV. Recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos
XXXVI. Resoluciones y laudos emitidos en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio
XXXVII. Mecanismos de participación ciudadana
XXXVIII. Programas disponibles
XXXIX. Actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados
XL. Evaluaciones y encuestas de los sujetos obligados sobre programas financiados con recursos públicos
XLI. Estudios financiados con recursos públicos
XLII. Listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben NO APLICA
XLIII. Ingresos recibidos por cualquier concepto
XLIV. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie
XLV. Catálogo de disposición y guía de archivo documental
XLVI. Actas de sesiones ordinarias y extraordinarias
XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet
XLVIII. Las enajenaciones y otros actos jurídicos relacionados con bienes públicos, indicando los motivos, beneficiarios o adquirientes, así como los montos de las operaciones;
XLIX. Cuentas públicas municipales
L  El origen de fondos auxiliares especiales y la aplicación que se haya hecho de los ingresos correlativos;
LI Una relación de los servidores públicos comisionados por cualquier causa, incluso de carácter sindical;
LII Los índices de expedientes clasificados como reservados, elaborados semestralmente y por rubros temáticos;
LIII La información desclasificada, la cual deberá de permanecer dos años posteriores a partir de que perdió su clasificación;
LIV Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

 

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS

a. Plan Municipal de Desarrollo
b. Los objetivos, metas y acciones contenidas en sus programas
c. Ley de ingresos y presupuesto de egresos
d. El nombre, denominación o razón social y RFC de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo la información estadística sobre las exenciones fiscales
e. Planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales.
f. Disposiciones administrativas, directamente o a través de autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables, salvo que su difusión comprometa su efectos o se trate de situaciones de emergencia.
g. Gacetas municipales o publicaciones que difundan las actividades del ayuntamiento y en las que deberán estar comprendidos los resolutivos y acuerdos aprobados por el mismo.
h. Actas de sesiones de Cabildo y anexos, controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones del cabildo y el sentido de su votación sobre iniciativas y acuerdos
i. Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de policía municipal, salvo el caso de que exista convenio con el Estado.
j. Cantidades recibidas por concepto de multas, así como el uso o aplicación que se les dé
k. Calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas, a realizar
l. El calendario con horarios, número de unidad y teléfonos de servicio de recolección de basura
IIIA. Los mecanismos de supervisión policial y los medios para inconformarse con un reporte de supervisión
IIIB. Los criterios y un informe anual de evaluación del desempeño policial.
IIIC. Los protocolos de uso de la fuerza, incidentes reportados de oficio, incluyendo uso de armas letales y no letales.
IIID. Los lugares y medios de acceso para presentar quejas y el formato para ellas, así como el plazo para su interposición;
IIIE. Número, características y frecuencia de quejas sobre incidentes de uso de la fuerza, en los órganos internos de la policía, la disciplina administrativa, la justicia penal y la revisión de las comisiones de derechos humanos.
IIIF. El plan de seguridad pública, incluyendo diagnóstico, objetivos, líneas de acción e informe anual de evaluación de instrumentación.
IIIG. Las convocatorias, plazos, requisitos, formatos para presentar postulaciones, exámenes y resultados de los concursos de selección, así como los programas y resultados de la capacitación inicial;
IIIH. El programa de capacitación permanente;
IIIi. Las convocatorias de ascensos, criterios, procesos de decisión y criterios de separación del cargo.
IIIJ. En su caso, la Gaceta Oficial que contenga el Decreto por el cual el Gobierno del Estado asume el mando funcional y operativo de los servicios públicos de seguridad pública y policía preventiva del municipio.

Información financiera que señala la LGCG

I. Presupuesto Aprobado
II. Estado e Información Contable
III. Estados e Informes Presupuestarios
IV. Estados e Informes Programáticos
V. Información Relacionada con el Título V de la LGCG
VI. Inventario Físico de Bienes Muebles e Inmuebles